Quién está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, qué es la DEHú y qué riesgos existen si no está correctamente dado de alta.
Dirección Electrónica Habilitada Única para recibir notificaciones de TODAS las Administraciones Públicas.
La Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) es el buzón electrónico donde se reciben todas las notificaciones administrativas de las Administraciones Públicas españolas:
• Agencia Tributaria (AEAT) — liquidaciones, requerimientos, sanciones
• Seguridad Social (TGSS) — inspecciones, reclamaciones de cuotas
• Administraciones autonómicas y locales — impuestos, licencias, multas
• Otras entidades públicas — subvenciones, ayudas, procedimientos administrativos
Para acceder a la DEHú es imprescindible disponer de un Certificado Digital válido y en vigor, emitido a nombre del titular o de la empresa.
Determinados sujetos tienen la obligación legal de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
⚠️ Autónomos Personas Físicas
Los autónomos persona física (sin sociedad) NO están obligados, salvo que sean profesionales colegiados que ejerzan por cuenta propia, estén inscritos en REDEME/REDEEME o en el Registro de Grandes Empresas. Pueden optar voluntariamente por la notificación electrónica.
Las consecuencias de no gestionar correctamente las notificaciones electrónicas pueden ser graves.
🚨 Consecuencias del Incumplimiento
1. Notificaciones no atendidas: Si está obligado pero no accede a su DEHú, las notificaciones se consideran realizadas tras 10 días, aunque no las haya visto.
2. Pérdida de plazos: Los plazos para alegar, recurrir o pagar empiezan a contar desde que la notificación se considera realizada, aunque no haya accedido a ella.
3. Liquidaciones y sanciones firmes: Al no recurrir en plazo, quedan firmes automáticamente.
4. Recargos e intereses: Por pagos fuera de plazo que desconocía por no acceder a las notificaciones.
5. Embargos y procedimientos ejecutivos: La Administración puede iniciarlos sin que tenga conocimiento real.
6. Imposibilidad de alegar indefensión: Si está obligado a notificación electrónica, no puede alegar que no la recibió.
Cuando hay una notificación pendiente en la DEHú, dispone de 10 días naturales para acceder a ella.
Si transcurren esos 10 días sin acceder, la notificación se considera automáticamente realizada y empiezan a correr los plazos para actuar (alegar, recurrir, pagar).
Aunque después acceda al contenido (puede hacerlo durante 90 días adicionales), los plazos ya habrán comenzado desde el día 11.
En Febrer Asesores gestionamos integralmente todas sus notificaciones electrónicas
Tramitamos la obtención de su certificado digital y gestionamos su renovación antes del vencimiento.
Guardamos su certificado digital con nivel máximo de seguridad, protegido con cifrado y backup redundante.
Registro completo de todos los usos del certificado con fecha, hora y operación realizada.
Revisión diaria de su DEHú para detectar nuevas notificaciones en plazo.
Accedemos a las notificaciones dentro de las primeras 48 horas para asegurar el plazo de respuesta.
Estudiamos el contenido de cada notificación y le informamos de las acciones necesarias.
Preparamos y presentamos alegaciones, recursos y respuestas en plazo cuando proceda.
Le avisamos por email/teléfono cuando hay notificaciones que requieren su atención urgente.
Tranquilidad total: Con nuestro servicio integral, usted tiene la certeza de que ninguna notificación quedará sin atender y todos los plazos se cumplirán correctamente.
Sin sorpresas: Evite embargos, sanciones firmes y pérdidas de plazos por no revisar su buzón electrónico a tiempo.
1. Revise la DEHú semanalmente: No espere a recibir avisos por email, acceda directamente al menos una vez por semana.
2. Mantenga el certificado actualizado: Renuévelo antes de que caduque para no perder acceso.
3. Configure alertas: Active notificaciones por SMS o email en la configuración de la DEHú.
4. Actúe rápido: No deje pasar los 10 días, acceda en cuanto sepa que hay notificación pendiente.
5. Guarde todo: Descargue y archive todas las notificaciones y sus respuestas.
La forma más segura de evitar problemas con las notificaciones electrónicas es delegar la gestión en su asesor mediante poder notarial o apoderamiento ante la AEAT.
En Febrer Asesores disponemos de sistemas profesionales de gestión de certificados y revisión diaria de notificaciones para todos nuestros clientes.
Contrate nuestro servicio integral de gestión de notificaciones electrónicas y olvídese de plazos, sanciones y embargos.
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