Hoy en día resulta habitual comprar por internet, y uno de los mercados a los que se suele acudir con más frecuencia es al chino. Las compras por internet a China, a través de portales como Aliexpress, ofrecen multitud de productos a precios muy bajos, con los que los vendedores españoles o del resto de países de la Unión Europea normalmente no pueden competir.
Esto es así ya que, aunque las compras a países de fuera de la UE se consideran importaciones de bienes, los productos con un valor inferior a 22 euros están exentos de IVA y aranceles. En la práctica, incluso productos de mayor cuantía no tributan IVA en aduana si el vendedor declara un valor menor. Todo ello supone que vendedores de la UE se encuentren en desventaja respecto a los vendedores de fuera de la Unión.
Sin embargo, esta situación va a cambiar muy pronto. A partir del 1 de julio de 2021 entrará en vigor una nueva normativa europea que, entre otras cosas, hará que todas las compras por internet a China y otros países de fuera de la Unión Europea estén sujetas a IVA, independientemente de su importe. Dicha normativa tenía prevista su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2021, pero su implantación se ha visto pospuesta a causa de la pandemia.
Más allá de las consecuencias directas para los consumidores finales, esta nueva normativa pretende evitar la evasión fiscal que ocurre cuando se realizan pedidos a China, y supondrá la obligación para todos los proveedores extracomunitarios de pagar sus impuestos en la Unión Europea. Para ello, deberán registrarse en uno de los países miembros, a través de un sistema conocido como Import One Stop Shop (IOSS) o “ventanilla única”. Este sistema implica que los proveedores extracomunitarios tributarán el IVA de sus ventas en la Unión en la ventanilla del país en el cual se hayan registrado, y posteriormente ese IVA se repartirá a cada país.
El hecho de que las plataformas extracomunitarias de venta online deban elegir en qué país miembro de la UE registrarse, implica que los países comunitarios deberán ofrecer a estos proveedores propuestas atractivas para estos elijan su país y no otro.
Paralelamente, y hasta que entre en vigor la nueva normativa, la Agencia Tributaria tiene potestad para enviar requerimientos a todos aquellos consumidores que hayan adquirido productos por internet a plataformas de países de fuera de la UE, para reclamar el IVA de dichas compras. Por si fuera poco, estos requerimientos pueden ir acompañados de una sanción en forma de recargo, por lo que la compra puede encarecerse un 21% en concepto de IVA, y hasta un 25% adicional en forma de recargo.
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Artículo realizado por Gerard Guirado.-
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