Nuestro Derecho contempla, en la Ley de Sociedades de Capital (LSC), la responsabilidad del administrador, entre otras circunstancias, cuando la sociedad ha generado pérdidas hasta el punto de reducir el patrimonio de la empresa por debajo de la mitad de la cifra del capital social. Como sabemos, el capital social es el conjunto de aportaciones que los socios han desembolsado a cambio de unas acciones o participaciones que les hacen dueños (en la proporción que corresponda) de esa sociedad. Si, como consecuencia de elevadas pérdidas, el patrimonio neto llega a ser inferior a la mitad del capital social, los administradores podrían responder frente a acreedores con su propio patrimonio.
Ante la aparición en el balance de la compañía de pérdidas que deja el patrimonio neto (o fondos propios) por debajo de la mitad del capital social, o incluso con signo negativo, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
La responsabilidad solidaria prevista en la Ley permite, a cualquiera de los acreedores de la sociedad, elegir si dirige la reclamación de su crédito frente a la sociedad o bien frente a los administradores.
Los acreedores de empresas incursas en pérdidas y con reducido patrimonio ejecutable, podrán perseguir los bienes de los administradores para cobrar sus créditos. Para ello deberán previamente presentar en los tribunales una “demanda de responsabilidad de administradores”, que dará lugar a un procedimiento judicial en el que se valorará:
Concurriendo esos tres requisitos, los tribunales podrán estimar la demanda de los acreedores y condenar al administrador a responder con sus bienes de las deudas que la sociedad hubiera contraído.
Visto lo anterior, conviene tener especial cuidado con las deudas contraídas por la sociedad con Hacienda y con la Seguridad Social. Estos organismos administrativos conocen de primera mano la situación económica de la sociedad, tienen medios a su disposición, y cada vez con más frecuencia, están iniciado procedimientos de derivación de responsabilidad hacia los administradores de las sociedades que se encuentran en "causa de disolución", con tal de poder cobrar las deudas contraidas por la sociedad.
Todo lo previamente expuesto, ha sido ratificado por la reciente Sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 18 de enero de 2017, la cual viene a confirmar el carácter objetivo de la responsabilidad solidaria del administrador societario, prevista en el artículo 367 LSC. En dicha Sentencia, el Alto Tribunal determina que, incluso los administradores sociales que hayan adoptado medidas tendentes a mejorar la situación financiera de la sociedad, en los casos en los que no hayan instado la disolución de la sociedad dentro del plazo que la ley marca, a los efectos de paliar las consecuencias de la insolvencia de la empresa de cara a terceros, no verán amortiguada su responsabilidad solidaria para responder de las deudas sociales. Se dice en la Sentencia que las causas que podrían justificar el incumplimiento del deber de promover la disolución por parte de los administradores, deben ser excepcionales.
Así pues, es conveniente que los administradores de empresas que atraviesen por dificultades económicas y tengan problemas de liquidez, se asesoren correctamente, y adopten de forma inmediata y con carácter preventivo, las medidas necesarias para evitar incurrir en la responsabilidad por deudas contenida en el artículo 363.1.e) de la LSC, y así evitar que finalmente tengan que responder con sus propios bienes, de las deudas contraídas por la sociedad con posterioridad al acaecimiento de la causa legal de disolución frente a terceros.
Cualquiera de las alternativas anteriores, debe ser estudiada en profundidad, pues conlleva importantes implicaciones fiscales, tanto inmediatas como futuras, que han de ser valoradas previamente.
En Febrer Asesores contamos con un equipo de asesores fiscales que, en colaboración con abogados mercantilistas especialistas en la materia, podemos ofrecer a nuestros clientes un análisis detallado acerca de la situación de responsabilidad de la sociedad y de sus administradores frente a terceros, así como las soluciones óptimas para revertirla.
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