El 4 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOE la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, cuya entrada en vigor se produjo el 5 de diciembre de 2025, un día después de su publicación.
No estamos ante una ley sectorial más: estamos ante el nuevo marco que reorganiza cómo nos movemos, cómo se financia el transporte público, cómo deben planificar las empresas la movilidad al trabajo y qué obligaciones recaen sobre Administraciones, empresas y ciudadanía. La norma conecta movilidad, clima, salud, economía y cohesión social, y su impacto llegará a la vida diaria y a la actividad empresarial antes de lo que parece.
1. Qué supone para la ciudadanía
La ley reconoce la movilidad como derecho colectivo, clave para el acceso al empleo, la educación, la sanidad y la calidad de vida. Para las personas usuarias significa:
En las ciudades, esto se traducirá en: más restricciones a vehículos contaminantes, ampliación de zonas de bajas emisiones y una presión creciente para adaptar los desplazamientos diarios.
2. Cómo impacta en las empresas, incluso en las no vinculadas al transporte
a) Planes de movilidad al trabajo
La ley introduce obligaciones progresivas vinculadas a la movilidad laboral, con especial atención a:
Esto obligará a muchas empresas a revisar:
Atención. Los planes de movilidad se convertirán en criterio de inspección y en elemento de cumplimiento normativo. No tenerlos preparados afectará a licitaciones, cumplimiento ESG y políticas internas.
b) Impacto en flotas, logística y costes operativos
La norma se conecta con las Zonas de Bajas Emisiones y habilita a los municipios a crear tasas vinculadas al nivel de emisiones del vehículo. Esto afecta directamente a:
Atención. La renovación de flota tendrá efectos en IRPF (retribución en especie), IVA, amortizaciones y costes asociados. Es importante planificar antes de que los municipios adapten su normativa a la ley.
3. Empresas de transporte y sector logístico: más requisitos y más oportunidades
La ley apuesta por una logística más eficiente, baja en emisiones y coordinada:
Para este sector, no adaptarse supone quedarse fuera de licitaciones y de contratos con empresas que ya exigen criterios de movilidad sostenible.
4. Innovación, digitalización y nuevos modelos de negocio
La ley abre un camino regulado para la movilidad del futuro:
Atención. Toda nueva solución de movilidad deberá encajar en este marco regulado. No basta con la tecnología: se exige cumplimiento, protocolos y supervisión.
5. Fondo Estatal para Movilidad Sostenible
El FECMO-FCPJ financiará transporte público y proyectos de movilidad sostenible en todo el territorio. Para empresas significa nuevas oportunidades en:
Atención. Muchas ayudas y licitaciones de los próximos años estarán vinculadas a esta ley. Tener asesoramiento especializado permitirá optar a proyectos de mayor tamaño y reducir riesgos administrativos.
6. Régimen sancionador: multas de 101 a 6.000 euros
Aunque se habla de "intervención mínima", la ley incorpora sanciones cuando:
Atención. La mejor defensa es demostrar que existe un sistema razonable de cumplimiento y seguimiento interno. La improvisación no servirá de excusa.
7. Entrada en vigor
La Ley 9/2025 entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. Esto implica:
Atención. La entrada en vigor es inmediata. Quien empiece a adaptarse durante 2026 llegará tarde: los cambios normativos, fiscales y laborales empezarán a desplegarse desde ya.
Cómo podemos ayudarle
CHECKLIST PRÁCTICO PARA EMPRESAS
1. Movilidad de la plantilla y desplazamientos al trabajo
¿Tu empresa conoce cómo se desplaza la plantilla?
¿Necesitarás un Plan de Movilidad al Trabajo?
¿Existen incentivos internos o acuerdos laborales sobre movilidad?
2. Flota de vehículos y política interna de uso
¿Tu empresa dispone de vehículos comerciales o de empresa?
¿Hay vehículos asignados a trabajadores o directivos?
¿Tienes previsión de renovación de flota 2025-2028?
3. Logística, reparto y operaciones (si aplican)
¿Tienes rutas en zonas urbanas reguladas?
¿Trabajas con operadores logísticos externos?
¿Tu empresa depende de transporte de mercancías?
4. Relación con municipios y normativa local
¿Tu empresa opera en varios municipios?
¿Realizáis actividades sujetas a tasas locales de movilidad?
¿El ayuntamiento está actualizando ordenanzas por la Ley 9/2025?
5. Innovación, digitalización y nuevos modelos de movilidad
¿Tu empresa utiliza datos de movilidad o aplicaciones internas?
¿Tu empresa quiere lanzar un proyecto innovador en movilidad?
¿Trabajáis con startups o plataformas de movilidad colaborativa?
6. Subvenciones y contratación pública
¿Tu empresa puede beneficiarse del Fondo Estatal de Movilidad Sostenible?
¿Quieres participar en licitaciones públicas?
¿Estás preparado para justificar la huella ambiental de tu movilidad?
7. Cumplimiento normativo y régimen sancionador
¿Tienes un responsable o protocolo interno de cumplimiento en movilidad?
¿Se reportan correctamente los datos exigidos por las Administraciones?
Se han revisado las obligaciones nuevas derivadas de la Ley 9/2025?
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
Febrer Asesores es un despacho ubicado en Benicarló (Castellón) con más de 50 años de experiencia en asesoramiento integral, tanto a empresas como a particulares.
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