El Gobierno ha presentado recientemente las líneas maestras del que será el nuevo Plan Estatal de Vivienda para el periodo comprendido entre 2018 y 2021, que vuelve a contemplar ayudas al alquiler, pero también a la compra de una vivienda. Los jóvenes, mayores y colectivos más vulnerables serán, en principio, los principales beneficiados por las mismas.
Está previsto que este Plan sea tramitado en el Parlamento a lo largo del segundo semestre del presente año, y que entre en vigor con fecha 1 de enero de 2018.
A continuación, hacemos un breve y sencillo extracto de las principales ayudas que contempla, y de los requisitos necesarios para acceder a las mismas:
Ayudas a jóvenes para comprar casa
Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que está fijado actualmente en 532 euros. Es decir, 19.170 euros anuales si se cobran 12 pagas y 22.365 euros si se reciben 14.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante un mínimo de 5 años.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación...)
Importe de la ayuda: hasta 10.800 euros con el límite del 20% del precio de adquisición. Es decir, imaginemos una vivienda de 50.000 euros. El 20% del precio de adquisición es de 10.000 euros. El beneficiario optaría a una ayuda máxima de 10.000 euros.
Ayudas a jóvenes para alquilar casa
Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante el periodo de la ayuda.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación...)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 50% del alquiler mensual. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 300 euros al mes -hasta 450 euros en casos justificados-. Esto se traduce en ayudas de hasta 3.600 euros al año.
Plazo: 3 años.
Ayudas generales al alquiler
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación...)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 40% del alquiler. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 240 euros al mes -hasta 360 euros en casos justificados-. En términos anuales se traduce en ayudas de hasta 2.880 euros.
Plazo: 3 años. En el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 las ayudas se concedían por un año prorrogable por otro más.
Ayudas a personas en situación de desahucio
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Propietarios o inquilinos que hayan sido objeto de desahucio.
2.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
3.- Hogares sin posibilidad de acceder a otra vivienda
Precio del alquiler: entre 150 y 400 euros al mes.
Importe de la ayuda: 400 euros al mes, según los criterios de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento.
Plazo: 2 años.
Ayudas al alquiler a personas mayores
Edad: más de 65 años.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- Hogares sin una vivienda en propiedad.
3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.
Precio del alquiler: alquiler máximo de 600 euros -hasta 900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 50% de la renta mensual.
Plazo: 3 años.
Ayudas para mantener las casas de los mayores
Edad: más de 65 años.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del recepto de la ayuda.
3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.
Importe de la ayuda: hasta 200 euros al mes para los gastos de mantenimiento de la vivienda en propiedad, comunidad y suministros.
Plazo: 3 años.
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