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Principales novedades fiscales 2023

Principales novedades fiscales 2023

A continuación, recogemos las principales medidas fiscales para el año 2023, que se adoptan en el Real Decreto Ley 20/2022 y en la Ley 31/2022:

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA de la energía eléctrica

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el tipo impositivo del IVA del 5 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kW, aparte de los componentes de la factura de gas natural, en los pellets de biomasa o en la madera para leña. Además, para el caso de la bombona de butano, se limita a un precio máximo de 19,55€ hasta el 30 de junio de 2023.

Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables, así como de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2

En ambos casos se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento del IVA.

Supresión del IVA de determinados productos frescos

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 0 por ciento el tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos básicos de alimentación (pan común, harinas, leche animal, huevos, quesos, fruta, verdura, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales).

Reducción del tipo impositivo del IVA de los aceites de oliva y de semillas y de las pastas alimenticias

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 5 por ciento el tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

Reducción por obtención de rendimientos del trabajo (con efectos desde el 1 de enero de 2023)

Se incrementa de 16.825,00 a 19.747,50 euros la reducción para contribuyentes con rendimientos del trabajo. 

Obligación de declarar: Incremento de la cuantía de rendimientos íntegros del trabajo a partir del cual es obligatorio declarar el impuesto

Se eleva el umbral inferior de la obligación para no declarar respecto de los perceptores que tengan rendimientos del trabajo. En concreto, no están obligados a presentar la autoliquidación del Impuesto los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (y en otros supuestos muy concretos, como antes) si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000€ (antes 14.000€).

Tipos de gravamen del ahorro (con efectos desde el 1 de enero de 2023)

Se regulan nuevos tipos de gravamen, añadiendo dos tramos a la base liquidable entre 200.000 y 300.000€ con tipo del 27 por 100 (antes 26 por 100) y a partir de 300.000€, que se aplica el tipo del 28 por 100 (antes 26 por 100).

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Tipos de gravamen reducido (con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023)

Se reduce del 25 al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000€ y no tenga la consideración de entidad patrimonial.

OTRAS NOVEDADES QUE DESTACAR

Ayudas a las familias: cheque de 200 euros

Se establece para las familias con rentas de hasta 27.000 euros una ayuda de 200 euros de cuantía en pago único, y se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022. Se podrá pedir a través de la sede electrónica de la AEAT a partir del 15 de febrero y hasta el 31 de marzo.

Referente a los contratos de alquiler

Para todos los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023, los inquilinos podrán solicitar una prórroga del contrato de hasta 6 meses en las mismas condiciones. El propietario está obligado a aceptar la prórroga, excepto si se había hecho un pacto previo diferente o si se ha comunicado y justificado que el uso de la vivienda será para un familiar directo.

Al mismo tiempo, para todos aquellos contratos de alquiler que se incrementen con el IPC:

  • En caso de que el propietario sea un gran tenedor (más de 10 inmuebles o 1.500m2): el incremento máximo deberá ser del 2%.
  • En caso de que el propietario no sea gran tenedor: se podrá pactar un incremento libre entre las partes, pero en caso de que no haya acuerdo, tendrá que ser máximo del 2%.

Se mantiene la suspensión de los desahucios para personas vulnerables sin alternativas en algunas situaciones hasta el próximo 30 de junio de 2023.

Subida de las pensiones

Se mantiene durante 2023 la subida del 15% de las pensiones no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital.

El resto de las pensiones, que se incrementan según el IPC, tendrán un incremento del 8,5%.

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